Los créditos rápidos, el dinero fácil y sus supuestas facilidades se han multiplicado estos últimos años y buscan conseguir clientes gracias a reclamos muy diferentes de la realidad.
El problema es que estas compañías se han hecho presentes no solo en los bolsillos de los españoles, sino en los tribunales. Según la OCU, «la mayor parte de los problemas llegan cuando se produce el impago, tanto por los altos intereses como por la inscripción en el registro de morosos».
“Lo que hacen es introducir nuevos gastos que no están contratados. Te hablan de un TIN del 14% y un TAE del 16%, pero en realidad estamos hablando de un 40% de interés”, explica un abogado especializado en causas contra estas entidades.
No siempre el problema es la «cuantía», sino el desconocimiento por parte del cliente de determinados conceptos. En un caso reciente resuelto por el tribunal de primera instancia de Huelva se dictaminó que «las condiciones generales del acuerdo con Cofidis estaban redactadas en una letra difícilmente legible, entre ellas la relativa a los intereses».
Uno de sus últimos pleitos puede servir como ilustración. Veamos el ejemplo de un cliente que solicitó en marzo de 2012 un préstamo a Cofidis de 3.110 euros. Sin embargo, tras quedarse en paro no pudo seguir haciendo frente al pago de las mensualidades (de 95 euros). Tras haber devuelto 2.360 euros y a pesar de haber estado pagando por un seguro que debía cubrir estas eventualidades, la financiera le reclamó por vía judicial el pago de 3.054 euros más.
Seguro que habréis oído hablar de Cofidis, una entre tantas empresas de créditos que se ha impulsado con la crisis y las consecuentes necesidades de los menos pudientes. Ofrecen créditos de hasta 15.000 euros con muchas más facilidades que los bancos y la única garantía que piden es la nómina. “Los clientes prefieren acudir a estas entidades porque no piden garantías ni hacen preguntas”, juzgan desde la OCU (Organización de Consumidores y Usuarios).
El juzgado de primera instancia de Cartagena consideró en este caso «excesiva» la carga de intereses que prácticamente doblaba lo pedido originalmente a la financiera y obligaron a este padre de familia a devolver solo 768 euros de más.
Curiosamente, la norma que se está aplicando en estos casos data de 1908, la llamada “Ley contra la Usura” o “Ley Azcárate” o: “Se considerarán usurarios aquellos préstamos en los que se estipule un interés notablemente superior al normal del dinero”, reza su articulado.
Más reciente es la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que determina que si la tasa de interés que «se paga supera en 2,5 veces el interés legal del dinero», la entidad prestamista estaría practicando la usura.
Preguntados al respecto, desde Cofidis consideran que “sus créditos y todas sus cláusulas respetan la legislación vigente y las buenas prácticas bancarias que establece el Banco de España».
¿Qué opciones se tiene cuando se sufre un abuso por parte de una empresa financiera?
Si el cliente cree que se está cometiendo un abuso contra él está en su derecho de reclamar extrajudicialmente ante el servicio de atención al cliente de la entidad. Solo si no recibe respuesta o si esta es negativa, los consumidores pueden recurrir al Servicio de Reclamaciones del Banco de España.
“Lo que ocurre es que sus resoluciones no son vinculantes, lo que al final dificulta mucho la vía de negociación y les termina abocando a los tribunales para hacer valer sus derechos”, denuncian desde Adicae.
El problema es que en muchos casos es Cofidis quien interpone acciones judiciales. Y a eso se suma el hecho de que quienes acuden a este tipo de entidades lo hacen a la desesperada y carecen de un colchón suficiente para pleitear.
“De cada 1.000 prestamistas 100 pueden interponer una demanda” explica dicho abogado. Lo que ocurre, según el jurista, es que normalmente «la persona que necesita un préstamo de 1.500 euros no tiene muchas posibilidades de contratar a un abogado para defenderse y eso hace que quede embargada de por vida”.
¿Cómo elegir una empresa de créditos rápidos y evitar estafas?
Tal y como ocurre en todos los sectores, en el de las financieras hay de todo. Para empezar es importante distinguir a las entidades de dinero rápido de aquellas que ofrecen «microcréditos». Desde Adicae advierten de que “las más peligrosas para los consumidores pueden ser aquellas entidades que actúan como intermediarios de créditos no reconocidos».
Lo mismo advierten desde Cofidis: “Hay que distinguir a las entidades de dinero rápido de las de microcréditos”. Estas últimas no se encuentran bajo la supervisión del Banco de España ni están sometidas a la regulación financiera, como Cofidis. Son compañías como Vivus, Wonga, Kredito24 y Cashper. Además, según advierte la OCU “en estos casos se está hablando de una TAE que parte del 1000%”.
En resumen, Lo que hacen es introducir nuevos gastos que no están contratados. Sumado a que a persona que necesita pedir un préstamo a estas entidades rara vez puede pagarse un abogado. Por supuesto, no todas son iguales pero lo mejor es conocer sus derechos como cliente y consumidor así como prever posibilidades.